Fraile y Acevedo

Fraile & Acevedo

Interpretación de la Dirección del Trabajo sobre el Artículo 22 bis del Código del Trabajo

Interpretación de la Dirección del Trabajo sobre el Artículo 22 bis del Código del Trabajo

La Dirección del Trabajo emitió el Dictamen N° 82/03 el 01.02.2024, fijando el sentido y alcance del artículo 22 bis del Código del Trabajo, incorporado por la Ley N°21.561 del 26.04.2023. El dictamen se centra en la participación de los sindicatos en acuerdos sobre la distribución de la jornada laboral y la posibilidad de ampliar el tope semanal.

¿Qué dice el artículo 22 del Código del Trabajo?

El Artículo 22 del Código del Trabajo en Chile establece disposiciones respecto a la duración de la jornada ordinaria de trabajo. A continuación, se desglosa la información proporcionada:

  1. Exención de Jornada Tradicional para Profesionales y Trabajadores Múltiples:

    • Profesionales y trabajadores que prestan servicios a distintas organizaciones simultáneamente pueden quedar exentos de la jornada tradicional.
    • Esta categoría incluye a administradores, gerentes, y operadores con facultades de administración sin fiscalización superior inmediata.
  2. Teletrabajo y Trabajo a Distancia:

    • Aquellos contratados para cumplir funciones en su residencia o en lugares libremente escogidos por ellos, como el teletrabajo, están exentos de la normativa de jornada tradicional.
  3. Exclusión de Agentes Comisionistas y Vendedores Viajantes:

    • Agentes comisionistas, vendedores viajantes, cobradores, y similares quedan libres de la limitación de jornada si no ejercen sus funciones en el local o establecimiento de la empresa.
  4. Diferencia entre Teletrabajo y Trabajo a Distancia:

    • Se destaca la diferencia entre teletrabajo y trabajo a distancia. El teletrabajo implica el uso de medios electrónicos, mientras que el trabajo a distancia involucra cumplir funciones en espacios distintos al lugar de trabajo, incluso sin medios electrónicos.
  5. Libertad Horaria y No Registro de Asistencia:

    • El artículo proporciona a algunos trabajadores la posibilidad de una extensión de jornada más allá de las 45 horas semanales.
    • Permite libertad horaria, donde los trabajadores deciden sus horarios de entrada y salida, sin necesidad de registrar asistencia en un lugar físico específico.

En conclusión, el Artículo 22 del Código del Trabajo busca adaptarse a las nuevas formas de trabajo, como el teletrabajo, proporcionando flexibilidad a ciertas categorías de trabajadores en cuanto a la jornada laboral y la asistencia física.

Acuerdos sobre Distribución de Jornada según el Artículo 22 bis

  1. Participación Sindical en Acuerdos de Distribución:
    • Las organizaciones sindicales tienen la prerrogativa de celebrar acuerdos sobre distribución de jornada con el empleador, exclusivamente para sus afiliados.
  2. Pactos entre Empleadores y Trabajadores No Sindicalizados:
    • La autonomía de la voluntad permite acuerdos entre empleadores y trabajadores no sindicalizados sobre distribución de jornada.
  3. Acuerdos entre Empleadores y Trabajadores Sindicalizados:
    • Se requiere acuerdo previo del sindicato afiliado.
    • La participación sindical garantiza equilibrio en la negociación y promueve la conciliación entre trabajo y vida familiar.
  4. Adecuación de Jornada por Negociación Colectiva:
    • La adecuación de la jornada puede ser por acuerdo entre las partes o a través de las organizaciones sindicales en representación de sus afiliados.
  5. Pactos de Reducción de Jornada antes de la Ley:
    • Empresas con jornada de 40 horas o menos pueden pactar la distribución en cuatro días antes de la entrada en vigor de la ley.

Organizaciones Sindicales y Pactos

Se destaca que las organizaciones sindicales, incluyendo sindicatos de empresa, interempresa y establecimiento de empresa, pueden suscribir los pactos.

Incorporación de Modificaciones por el Ministerio de la Ley

Las modificaciones introducidas por la ley se incorporan automáticamente a los contratos individuales, instrumentos colectivos y reglamentos internos.

Procedencia de Pacto antes de la Vigencia de la Ley

Se permite pactar la distribución en cuatro días antes de la vigencia de la ley para empresas con jornada de 40 horas o menos.

En resumen, la interpretación de la Dirección del Trabajo destaca la relevancia de la participación sindical en la negociación de acuerdos sobre la distribución de la jornada laboral, buscando equilibrio y promoviendo condiciones beneficiosas para los trabajadores afiliados.

Si deseas ser asesorado por un de nuestros abogados especialistas en derecho laboral escríbenos un email a contacto@fraileyacevedo.com 

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