Fraile y Acevedo

Fraile y Acevedo

¡Necesitas Asesoría Legal?

Contamos con un equipo de especialistas que de asesorarán y defenderás en tus derechos. No dudes en contáctarnos

Recurso de Proteccion

¿Qué es el recurso de protección?

Es aquella acción judicial, consagrada en el texto constitucional concede a todas las personas (naturales, jurídicas e incluso agrupaciones de personas) que se hayan visto vulnerados y/o menoscabados en sus derechos constitucionales (no todos), que se hayan ocasionado por actos u omisiones ilegales, cometidos por una persona natural o jurídica; y que en definitiva importen una amenaza, privación o perturbación a determinados derechos constitucionales.

La ventaja del uso de esta acción es su rapidez, ya que son conocidos y fallados por las respectivas Cortes de Apelaciones en primera instancia (y en consecuencia conoce la Corte Suprema en segunda instancia), y evitan a la larga largos procesos judiciales por vías derechamente más lentas o incluso que puedan ser inidoneas.

¿Cuál es el objetivo del recurso de protección?

En cuanto al objetivo este consiste que en definitiva la respectiva Corte de Apelaciones declare el cese del acto lesivo, ordene todas las medidas que sean necesarias para restablecer el imperio del derecho, y asegure la debida protección del afectado

¿Quién puede interponer un recurso de protección?

Cualquier persona, natural o jurídica, o grupo de personas, ya sean nacionales o extranjeros, que haya sufrido la perturbación o amenaza de sus derechos fundamentales, pueden interponer un recurso de protección en Chile. El recurso de protección tiene como objetivo proteger los derechos fundamentales de las personas, sin distinción de sexo, edad, credo, nacionalidad o condición. No se necesita un abogado para interponer este recurso, y puede ser presentado ante los tribunales de justicia competentes en la materia.

¿Cómo y dónde se interpone un recurso de protección?

Se interpone por escrito ante la Corte de Apelaciones respectiva que tenga competencia, respecto del territorio jurisdiccional en que se haya cometido el acto ilegítimo. (Ejemplo. Si es en Los Angeles, la Corte competente es Concepción)

¿Qué es el Auto Acordado del recurso de protección?

La tramitación del recurso de protección se encuentra regulada en un Auto Acordado de la Corte Suprema. 

La versión vigente hasta la fecha está contenida en el Auto Acordado Nº173, de la Corte Suprema, de fecha 17 de julio de 2015, publicado con fecha 28 de agosto de 2015, el cual fija el texto Refundido del Auto Acordado sobre tramitación y fallo del Recurso de Protección. 

Las materias más importantes que regula ese Auto Acordado son:

a) Forma de presentación del recurso de protección.

b) Plazo para interponer el recurso de protección.

c) Admisibilidad del recurso junto con regular su tramitación.

d) Recursos en contra de la sentencia de la Corte de Apelaciones respecto al recurso de protección.

¿Qué derechos constitucionales protege el recurso de protección?

La Constitución Política, señala en su artículo 19 que son objeto de un recurso de protección los siguientes derechos que señalamos a continuación:

  • La vida.
  • Igualdad ante la ley.
  • Defensa judicial y a solo ser juzgado por los tribunales que establece la ley.
  • Derecho a la protección de la vida privada y a la honra de la persona y su familia.
  • Inviolabilidad del hogar y de toda forma de comunicación privada.
  • Libertad de conciencia y libertad de culto.
  • A elegir el sistema de salud, sea estatal o privado.
  • A la educación.
  • Libertad de enseñanza.
  • Libertad de opinión e información.
  • Reunión.
  • Derecho de petición.
  • Asociación.
  • Libertad de trabajo.
  • Derecho de sindicalización.
  • Libertad para desarrollar cualquier actividad económica.
  • No ser discriminado en el trato del Estado en materia económica.
  • Libertad para adquirir el dominio de toda clase de bienes.
  • Derecho de propiedad.
  • Derecho de propiedad intelectual e industrial.
  • El vivir en un medio ambiente libre de contaminación.

¿Cuál es el lapso para interponer un recurso de protección?

El lapso para interponer un recurso de protección en Chile es de 30 días hábiles contados desde el acto o situación que se desea impugnar. Es importante destacar que este plazo puede variar en función del caso particular y de las normativas aplicables, por lo que se recomienda buscar asesoría legal en caso de dudas o consultas.

¿Qué es la Orden de no innovar en el recurso de protección?

La orden de no innovar es una medida cautelar que puede ser dictada por un juez para suspender temporalmente la aplicación de una norma o decisión administrativa, con el fin de evitar que se causen perjuicios graves o irreparables a los derechos de las personas involucradas. Esta medida puede ser solicitada en casos de recursos de protección, amparo, reclamaciones y otros procesos judiciales.

¿Qué recursos puedo interponer en caso que se declare inadmisible el recurso de protección?

Si el recurso de protección es extemporáneo o no menciona los hechos que son constitutivos de la vulneración de los derechos fundamentales que el recurso ampara, la Corte de Apelaciones lo declarará inadmisible.

Contra la resolución fundada que declare inadmisible el recurso de protección se podrá presentar el recurso de reposición ante la misma Corte de Apelaciones.

En subsidio, asimismo, se podrá entablar el recurso de apelación para ante la Corte Suprema. 

El plazo para interponer ambos recursos es de 3 días contados desde la notificación de la resolución fundada que declaró inadmisible el recurso de protección. 

En Fraile & Acevedo, ofrecemos servicios de asesoría y representación legal en recursos de protección. Nuestro equipo está altamente especializado en esta área del derecho y cuenta con amplia experiencia en casos similares al suyo. Sabemos lo importante que es para usted proteger sus derechos fundamentales, y estamos aquí para ayudarlo.

Nuestro enfoque personalizado y orientado al cliente nos permite entender sus necesidades y objetivos, y trabajar de manera conjunta para alcanzarlos. Si ha sufrido la perturbación o amenaza de sus derechos fundamentales, no dude en contactarnos por el email contacto@fraileyacevedo.com para que podamos brindarle la asistencia legal que necesita.

¡No espere más para proteger sus derechos! Contáctenos hoy mismo para programar una consulta y conocer más acerca de nuestros servicios de recursos de protección.

Contáctanos