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¿Necesita ayuda legal para su solicitud de refugiado en Chile?

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Protección de Refugiados en Chile

¿Qué es la condición de refugiado?

La condición de refugiado se refiere a una persona que ha huido de su país de origen debido a fundados temores de ser perseguida por motivos de raza, religión, nacionalidad, pertenencia a un determinado grupo social, género u opiniones políticas, violencia generalizada, agresión extranjera, conflictos internos, violación masiva de los derechos humanos u otras circunstancias que hayan perturbado gravemente el orden público. Para determinar la condición de refugiado, se lleva a cabo un procedimiento legal o administrativo que determina si una persona que busca protección internacional es considerada un refugiado bajo las normas internacionales, regionales o nacionales. La determinación de la condición de refugiado es fundamental para que las personas refugiadas puedan disfrutar de sus derechos según lo prevé el derecho internacional.

¿Qué ley regula la protección de refugiados en Chile?

La Ley N° 20.430 de Chile establece disposiciones sobre protección de refugiados. Esta ley establece normas en materia de migración y extranjería, con el objeto de regular el ingreso, la estadía, la residencia y el egreso de los extranjeros del país, y el ejercicio de derechos y deberes, estableciendo una nueva institucionalidad para estos fines.

En términos generales, la ley establece los procedimientos y condiciones para el otorgamiento de la condición de refugiado en Chile, así como las obligaciones y derechos que se derivan de ella. La ley también establece las responsabilidades del Estado en relación con la protección de los refugiados, y las medidas para garantizar su bienestar y seguridad.

Según el derecho internacional, cualquier persona que se sienta en riesgo de ser perseguida o sufrir daño grave en su país de origen puede solicitar refugio en cualquier país que considere seguro. Esto incluye a personas que huyen de persecución política, étnica, religiosa o ideológica, así como de países en guerra, con conflictos internos o donde exista una violación continua y sostenida de los Derechos Humanos. Además, el Estado receptor no debe repatriar o expulsar a los solicitantes si su vida o integridad corre riesgo en su país de origen. En Chile, la Ley N° 20.430 establece disposiciones sobre la protección de refugiados y establece el marco legal para la admisión y protección de refugiados en el país.

Quiénes pueden optar por el procedimiento de Refugio en Chile

¿Quiénes pueden optar por el procedimiento de Refugio en Chile?

Según lo señalado en el artículo 2 de la Ley 20.430 tendrán derecho a que se les reconozca la condición de refugiado las personas que se encuentren en alguna de las siguientes situaciones:

 

  1. Quienes, por fundados temores de ser perseguidos por motivos de raza, religión, nacionalidad, pertenencia a determinado grupo social u opiniones políticas, se encuentren fuera del país de su nacionalidad y no puedan o no quieran acogerse a la protección de aquél debido a dichos temores.
  2. Los que hayan huido de su país de nacionalidad o residencia habitual y cuya vida, seguridad o libertad han sido amenazadas por la violencia generalizada, la agresión extranjera, los conflictos internos, la violación masiva de los derechos humanos u otras circunstancias que hayan perturbado gravemente el orden público en dicho país.
  3. Quienes, careciendo de nacionalidad y por los motivos expuestos en los numerales anteriores, se encuentren fuera del país en que tenían su residencia habitual y no puedan o no quieran regresar a él.
  4. Los que, si bien al momento de abandonar su país de nacionalidad o residencia habitual no poseían la condición de refugiado, satisfacen plenamente las condiciones de inclusión como consecuencia de acontecimientos ocurridos con posterioridad a su salida.

Procedimiento de la Solicitud de Refugio en Chile

A continuación, se presenta una tabla con los pasos a seguir para solicitar refugio en Chile, basados en los resultados de búsqueda proporcionados:

Paso

Descripción

1

Formalizar la solicitud de la condición de refugiado. Se puede hacer ante el Servicio Nacional de Migraciones en Santiago

2

Completar un formulario de formalización que será entregado por las autoridades

3

Presentar un documento que acredite la identidad (pasaporte, cédula u otro) y cualquier otra documentación o información en apoyo del caso

4

Esperar la resolución de la solicitud. Si la solicitud es formalizada, el Estado iniciará el procedimiento para resolver si se cumplen los requisitos para reconocer la condición de refugiado del solicitante

5

Fijar domicilio e informar, oportunamente, a la autoridad competente. A su domicilio serán enviadas las comunicaciones, notificaciones o citaciones. Durante el trámite, siempre deberá informar los cambios de domicilio, en un plazo de quince días

Es importante destacar que los pasos mencionados son una guía general, por lo que se recomienda verificar los detalles específicos del proceso de solicitud de refugio en Chile con las autoridades correspondientes.

 

Derechos del grupo familiar del solicitante

Tienen derecho a que se les reconozca el estatuto de refugiado por extensión a los siguientes familiares:

  1. A el/la cónyuge o conviviente
  2. Ascendentes (Padres, Madres, Abuelos)
  3. Descendientes (Hijos y Nietos)
  4. Menores de edad que se encuentren bajo su cuidado

 

Esos vínculos deben acreditarse con la persona reconocida como refugiada o solicitante de tal condición en nuestro país, podrán además formalizar su solicitud de forma independiente, pudiendo elegir entrevistadores e intérpretes de su mismo sexo o género.

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Entrega de documentación provisoria

Al presentar y formalizar la solicitud del reconocimiento de la condición de refugiado, la autoridad competente le extenderá una visación de residente temporal, por el plazo de ocho meses, prorrogables por períodos iguales, así como un documento o cédula de identidad para extranjeros en Chile, que será expedido por el Servicio de Registro Civil e Identificación.

Con esta visación de residente temporario, usted podrá transitar libremente por el país, alojarse en un hotel o pensión, podrá fijar su domicilio, trabajar y acceder a todos los servicios públicos de salud y educación. También permite trabajar legalmente, de acuerdo con las normas laborales vigentes en el país.

Para la obtención de dicha documentación debe seguir los siguientes pasos:

  1. Descargar el Estampado Electrónico de la primera Residencia Temporaria de Refugio, debe que ingresar al sitio web https://tramites.extranjeria.gob.cl/y seleccionar “Estampado Electrónico”, siguiendo los pasos indicados. Una vez completado los pasos previos y, descargado el Estampado Electrónico.
  2. Actualmente el registro de los permisos de residencia en PDI son automáticos, es decir, las visas estampadas o descargadas desde el 12 de febrero de 2022 en adelante, no debe ser registrada por la PDI, para mayor información Certificado de Registro de Primera Visa (pdichile.cl)
  3. Obtener Cédula de Identidad ante el Servicio del Registro Civil, consultando en el sitio web https://www.registrocivil.cl/principal/servicios-en-linea/consulta-habilitado-obtener-renovar-cedula-identidad-y-pasaportesi está o no habilitado/da para cedularse.
  4. En caso de estar habilitado, debe agendarse una cita en el Registro Civil en el sitio web https://agenda.qa.registrocivil.cl/.
  5. Es importante que al ser citado/a para la obtención de su primera cédula de identidad, debe solicitar la obtención de “Clave Única” para realizar otros trámites como la Actualización de Datos y Solicitud de Prórroga.

Para solicitar la prórroga de la residencia temporaria, se debe ingresar al sitio web https://tramites.extranjeria.gob.cl/ y buscar el trámite “Solicitud de Prórroga de Visa para solicitantes de Refugio”, ingresar con Clave Única, y seguir los pasos indicados.

¿Cuáles son los recursos en caso de negativa?

En Chile, los solicitantes de refugio que han recibido una decisión negativa pueden interponer un recurso administrativo ante la CODER (Comisión de Observación, Documentación y Estudio de la situación de los Refugiados) dentro de los tres días hábiles siguientes a la notificación de la decisión.

También es posible presentar un recurso de protección ante los tribunales de justicia en caso de considerar que la denegación de la solicitud vulnera sus derechos fundamentales.

En Fraile & Acevedo ofrecemos una asesoría integral para aquellas personas que se encuentran en la búsqueda de este tipo de protección. Estos servicios se enfocan en representar y defender los derechos de los solicitantes de refugio en los procedimientos judiciales, lo que incluye la presentación y representación de recursos de protección ante los tribunales. 

Para mayor información puede comunicarse al email contacto@fraileyacevedo.com o enviar un whatsapp al +56 9 37541767 donde uno de nuestros especialistas le atendera.

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